Tras el revés de la Corte a la reforma en Chihuahua que bloqueaba acceso a cargos de elección popular a personas presuntamente ligadas a hechos de violencia, intimidación o amenazas, la Gobernadora panista, María Eugenia Campos, aseguró que ahora el narco podrá obtener candidaturas.
La Mandataria panista reprochó la decisión de siete ministros de vetar la reforma de julio pasado, la primera en su tipo a nivel estatal, tras la impugnación que realizó la bancada de Morena.
"Lo hicimos para que en Chihuahua no pase lo que ya pasa en otros estados, donde el narco decide quién se registra, quién compite y quién gana", señaló Campos.
"Sí: Morena votó en contra de blindar las elecciones contra el narco. Y como no le alcanzaron los votos, corrió a la Suprema Corte a pedir que se tumbara. Sí, a la Suprema Corte que no discute nada y que sólo acata".
Campos dijo que, ahora, ya no se podrá quitar la candidatura o repetir las elecciones cuando éstas hayan sido ganadas por alguien que fue apoyado o es parte del crimen organizado.
"El narco puede meter dinero en una campaña. Puede amenazar y matar candidatos. Puede decidir quién compite y quién no. Y para el candidato que gana con esa ayuda, no hay consecuencias", reclamó.
"Hay que decirlo con nombre: el responsable es Morena, el partido que votó en contra de blindar las elecciones y después litigó para tumbar el blindaje. No lo digo yo: está en las actas del Congreso y en el expediente de la Corte".
En la recta final de su Administración, Campos dijo que verán otra posibilidad legal para bloquear la participación de criminales en los comicios que se avecinan.
La Corte anuló este martes el artículo 260, numeral 1), inciso n), de la Ley Electoral de Chihuahua, porque sanciona a aspirantes beneficiados por actos de la delincuencia, sin que se les tenga que probar a ellos alguna responsabilidad personal.
"La autoridad podría demostrar plenamente que existieron actos de violencia, fuerza armada, intimidación, amenazas, coacción, presión, manipulación o influencia indebida y que éstos produjeron una ventaja electoral para determinada candidatura. Sin embargo, esas pruebas acreditarían el hecho ilícito y el beneficio, mas no necesariamente la responsabilidad de la candidatura beneficiada. Para arribar a esta última conclusión sería indispensable demostrar una conducta u omisión que permita atribuirle personalmente el reproche, cuestión que la porción normativa cuestionada no exige", se lee en la sentencia.
Ahora, el artículo ya solo sancionará a quien directamente ejerza violencia, intimidación o amenazas.