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Frenan temporalmente baja de pensión de 15 jubilados de CFE

Un tribunal federal de Monterrey ordenó suspender la reducción del monto de las jubilaciones de quince ex empleados de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), que están entre los afectados por la reforma Constitucional para topar las pensiones de ex empleados de paraestatales y banca de desarrollo.    El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito resolvió el 11 de mayo que la reducción abrupta de más de 50 por ciento a las pensiones de los quince quejosos, quienes negaron haber sido trabajadores directivos o de confianza, genera un impacto psicológico y emocional, por tratarse de adultos mayores con múltiples gastos.    En otras palabras, los quejosos en este amparo acusan a CFE de aplicar una norma que no estaba dirigida a ellos, aunque registros públicos indican que por lo menos algunos sí tuvieron funciones de personal de confianza.    "El privar de forma abrupta o sin explicación alguna de gran parte del ingreso otorgado al jubilado, al margen de que se pudiera considerar como un acto privativo que requiere garantía de audiencia previa, es evidente que impacta de forma desmedida en un adulto mayor cuyo sustento se hace depender de la pensión respectiva y con la que venía contando anticipadamente", afirmó el tribunal.    Agregó que la angustia que padecen los jubilados equivale a un trato cruel de los prohibidos por el artículo 22 de la Constitución.    Se trata de la primera suspensión derivada de los cientos de amparos contra esta reforma que han sido desechados por notoria improcedencia por tres jueces federales de la Ciudad de México, ya que desde 2024 no procede recurso alguno contra cambios a la Constitución.    La suspensión que otorgó el tribunal de Monterrey solo estará vigente mientras los órganos de la Ciudad de México que concentran los amparos resuelven en definitiva el desechamiento de la demanda, lo que puede tomar algunas semanas.    La reforma al artículo 127 de la Constitución, publicada el 10 de abril, fue dirigida a ex funcionarios de confianza de Pemex, CFE, Luz y Fuerza del Centro y bancos de desarrollo, para dejar sus pensiones en no más de 50 por ciento del ingreso de la Presidenta Claudia Sheinbaum, es decir, unos 80 mil pesos mensuales. Algunos de ellos percibían más de 300 mil pesos mensuales.    Sin embargo, durante el proceso de reforma, el Gobierno también exhibió públicamente las pensiones de miles de jubilados sindicalizados, tanto superiores como inferiores al nuevo tope.    El caso de Monterrey se tramitó de manera particular. El amparo fue presentado ante un juzgado de esa ciudad, que de inmediato se declaró incompetente y lo envió a la Ciudad de México, pero también negó conceder una suspensión de oficio.    Esta última decisión fue la que revisó el tribunal colegiado, ya que las suspensiones de oficio se tienen que resolver de inmediato.    En la Ciudad de México, los tres jueces que están recibiendo todos los amparos los han desechado en acuerdos en los que reconocen que la reforma afecta derechos adquiridos de los jubilados, pero no puede ser cuestionada judicialmente por tratarse de un cambio a la Constitución.      El Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa es el que revisará las decisiones de los jueces, tanto los desechamientos de las demandas, como alguna suspensión que se pudiera llegar a conceder.
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