El Péndulo Roto: Entre la Justicia de Género y el Derecho Penal del Enemigo

En estos tiempos

En la última década, México ha vivido una transformación institucional sin precedentes. La violencia contra la mujer pasó de ser un "asunto privado" a convertirse en el eje gravitacional de la política pública. Hemos construido un andamiaje legal robusto: desde la creación de tipos penales específicos y el endurecimiento de penas, protocolos para juzgar con perspectiva de género. Sin embargo, al observar el panorama actual de nuestros juzgados, surge una pregunta incómoda pero necesaria: ¿estamos construyendo un país más justo o simplemente estamos moviendo el péndulo hacia un nuevo extremo de arbitrariedad institucionalizada?

Justicia, es dar a cada uno lo que le corresponde. Pero en los movimientos de reivindicación de derechos suele ocurrir un fenómeno de "sobreimpulso". De un lado del péndulo estaba el status quo de la impunidad y la ceguera ante la violencia de la que eran (siguen siendo) víctimas las mujeres; en el otro extremo, parece gestarse un escenario donde la herramienta de protección ha sido secuestrada por la estrategia procesal y la consigna política.

Técnicamente, el problema no radica en la perspectiva de género, sino en su implementación temerosa de la opinión pública. La jurisprudencia ha establecido que en tratándose de delitos que ocurren en la clandestinidad, el dicho de la víctima goza de una preponderancia probatoria. No obstante, esta regla no es un cheque en blanco; exige que el testimonio sea corroborado por datos de prueba, aunque sean indiciarios. La perversión ocurre cuando el sistema, por temor al costo mediático, relaja este estándar y eleva cualquier narrativa a "verdad jurídica" sin el mínimo contraste.

Esta deriva nos conduce directamente a lo que la doctrina de Günther Jakobs denomina el Derecho Penal del Enemigo. Bajo esta visión, el Estado ya no trata al imputado como un ciudadano con derechos, sino como un individuo que, por su categoría o "peligrosidad" percibida, debe ser neutralizado preventivamente. En este esquema, se adelanta la barrera del castigo: no se castiga el daño cometido, sino la peligrosidad del sujeto. En México, esta teoría parece estarse aplicando por razón de género: el hombre ya no es juzgado por sus actos bajo la presunción de inocencia, sino que es combatido como un "enemigo del sistema" al que se le suspenden las garantías procesales básicas en aras de una supuesta seguridad colectiva.

Esta degradación ha convertido a los mecanismos de protección en activos estratégicos de litigación. Hoy, en los juzgados familiares y penales, es cada vez más común el uso de denuncias por violencia o solicitudes de medidas de protección no para salvaguardar una integridad en riesgo, sino para obtener beneficios procesales inmediatos: la exclusión del hogar del cónyuge, la suspensión de custodias o la obtención de pensiones provisionales sin el debido sustento. La ley, diseñada como escudo para las vulnerables, se ha pervertido en una espada de extorsión procesal que satura el sistema y desplaza a las víctimas reales que sí requieren la intervención urgente del Estado.

El síntoma definitivo de esta claudicación jurídica ocurrió recientemente en Coahuila. Tras la vinculación a proceso de una mujer por violencia vicaria, la Secretaría de la Mujer federal emitió una "recomendación" para evitar que esta ley se aplicara a mujeres. El resultado fue una interpretación del Poder Judicial local que determinó que solo los hombres pueden cometer este delito, bajo el argumento de que "históricamente" ellos son los agresores. Es una ironía trágica: una ley nacida para erradicar la desigualdad por género termina negando el acceso a la justicia a una persona basándose, precisamente, en su sexo.

La justicia que no se sustenta en la verdad probada, sino en la conveniencia ideológica, es una amenaza institucional. Al permitir que el género dicte la tipicidad de un delito y que la ideología redacte los criterios judiciales, hemos sustituido el rigor de la ley por la arbitrariedad del prejuicio. El verdadero progreso no reside en que el péndulo de la injusticia cambie de bando, sino en que se detenga en el centro de la imparcialidad. Si no somos capaces de rescatar el derecho penal del ruido de la opinión pública, terminaremos habitando un país donde la seguridad jurídica sea un privilegio de algunos y la indefensión, la condena de todos.

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