En estos tiempos
Por eso, cada reforma a esta figura debe mirarse con cautela. La iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal y recientemente aprobada por el Congreso se presenta como un paso hacia la modernización y la accesibilidad. En su exposición de motivos, se afirma que el objetivo es ampliar el acceso, hacerlo más ágil y digital, en línea con el principio de progresividad de los derechos humanos. Pero detrás del discurso de modernidad se esconden cambios que, lejos de abrir las puertas al ciudadano, las cierran con candado.
Tomemos como ejemplo la nueva definición del interés legítimo, requisito para poder promover un amparo. Hasta ahora, bastaba con demostrar una afectación real o potencial; eso permitió que ciudadanos, comunidades y asociaciones pudieran acudir a los tribunales cuando una política pública o una omisión de autoridad los impactaba, aunque no fueran los directamente afectados. La reforma restringe ese acceso: exige que la lesión sea “real, actual y diferenciada del resto de las personas” y que el beneficio del amparo sea “cierto y directo”. Traducido al español llano: si el daño aún no se materializa o si es compartido con otros, no hay amparo posible. Un ejemplo basta: una comunidad que teme la contaminación de un río por una empresa estatal ya no podría reclamar preventivamente; tendría que esperar a que el daño ocurra.
Lo mismo sucede con la suspensión del acto reclamado, que es lo que impide que el daño se consuma mientras el juicio se resuelve. La reforma amplía los supuestos en los que no procede la suspensión, incluyendo actos vinculados con créditos fiscales, concesiones o temas de seguridad nacional. Así, un contribuyente al que el SAT le congela sus cuentas bancarias podría pasar meses o años en litigio sin poder acceder a su dinero, aunque al final el tribunal le dé la razón. La justicia llegaría tarde, y como suele decirse, justicia tardía es injusticia.
Otro cambio preocupante está en el cumplimiento de las sentencias. La ley vigente sancionaba con severidad a las autoridades que incumplían un amparo. La nueva versión les da margen para alegar “imposibilidad material o jurídica” de cumplimiento, una puerta trasera para no acatar lo que los jueces ordenen. Si antes la autoridad debía obedecer, ahora puede justificarse.
Y todo esto se agrava con el tercer artículo transitorio, que ordena aplicar la reforma también a los amparos en curso. Es decir, las reglas del juego cambian con el partido ya empezado. Quienes promovieron su juicio bajo un marco legal determinado ahora enfrentan un escenario distinto y más adverso. Esto genera incertidumbre jurídica —lo opuesto a lo que un Estado de Derecho debe garantizar— y abre la puerta a que miles de litigios se vean comprometidos, especialmente en materia fiscal.
La esencia del amparo siempre ha sido clara: poner un límite al poder público. Es la herramienta con la que el ciudadano de a pie se defiende de la arbitrariedad de la autoridad. Por eso, cada restricción en su acceso no significa un tecnicismo legislativo más: significa que los ciudadanos tenemos menos recursos, menos eficacia, menos armas jurídicas para hacer frente a los abusos del gobierno.
No olvidemos que el amparo es, en sí mismo, un juicio contra la autoridad. Y es precisamente la autoridad —la que históricamente ha sido contenida por este mecanismo— la que ahora propone cambiarlo. No porque no funcione, sino porque funciona demasiado bien: porque limita, porque incomoda, porque obliga al poder a ceñirse a la legalidad.
El resultado es obvio: estas reformas no están pensadas para fortalecer al ciudadano, sino para beneficiar a la autoridad. El Ejecutivo quiere mover las reglas del juego en el único espacio donde todavía existía un contrapeso efectivo. Y la gran paradoja es que se pretende justificar este retroceso bajo el discurso de ampliar el acceso y proteger derechos.
Si el amparo cumplía su objeto —frenar la arbitrariedad—, ¿qué sentido tiene cambiarlo? La respuesta es amarga: porque cumplía demasiado bien. Y porque, en esta lógica, lo que estorba al poder no se corrige: se debilita.