De la criminalización de narcomantas a la criminalización de la libertad de expresión.
Bajo la máscara de combatir las “narcomantas”, la mayoría panista del Congreso de Aguascalientes ha aprobado una reforma al controvertido artículo 178F del Código Penal que constituye una de las amenazas más graves a la libertad de expresión, pero sobretodo al derecho a la protesta en los últimos tiempos.
Lejos de ser un instrumento para la seguridad, esta modificación es una herramienta de censura perfectamente diseñada, con una redacción tan ambigua y vaga que convierte en potenciales delincuentes a vecinos indignados, estudiantes críticos, colectivos feministas y ambientalistas; a todo aquel que elabore, coloque o exhiba en espacios públicos o privados visibles al público, mensajes en cualquier medio físico (…) en el que amenace, intimide, justifique, atribuya o promueva hechos con apariencia de delito, que pretenda generar intimidación, alterar la paz pública o influir en decisiones de autoridades o particulares.
La nueva norma, que pena "la exhibición de mensajes intimidatorios", es un ejemplo paradigmático de cómo un fin aparentemente legítimo puede ser utilizado como caballo de Troya para cercenar derechos fundamentales. El término "mensajes intimidatorios" no está definido con precisión alguna, dejando abierta la puerta a la interpretación discrecional y abusiva tanto de las autoridades como de particulares. ¿Dónde termina la intimidación y comienza la crítica legítima? La reforma no lo aclara, pareciera que es precisamente su intención: mantener la ambigüedad, porque como reza el dicho, “en política, no hay coincidencias”.
Esta redacción no solo es deficiente; es abiertamente inconstitucional al violar los artículos 6 y 7 de la Constitución Mexicana; ademásdel Artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, del cual México es parte.
El Pacto establece que cualquier limitación a la expresión debe estar "establecida por ley" (es decir, ser clara y precisa) y ser "necesaria" para proteger un bien jurídico específico, como el orden público. El 178F fracasa estrepitosamente en ambos criterios. No es clara, es un cheque en blanco para la arbitrariedad. Y no demuestra que la sanción penal sea la medida estrictamente necesaria y proporcional para preservar la paz pública. Al contrario, la pone en riesgo al criminalizar el descontento social.
¿Cómo criminaliza el descontento social? Basta un simple ejercicio para entender la magnitud del peligro. Bajo la literalidad de este artículo, acciones ciudadanas cotidianas y legítimas podrían ser perseguidas penalmente, ejemplifico:
· La cartulina de unos vecinos que exclamara "¡Policías corruptos, ladrones del pueblo!" podría ser considerada "atribución de hechos con apariencia de delito".
· Una lona feminista que declare "El Estado es cómplice de feminicidios" podría ser tachada de intento de intimidación.
· Un cartel estudiantil satírico que diga "Rateros con fuero, ¡devuelvan lo robado!" podría ser procesado como si fuera una amenaza.
· Una columna impresacon el titular "¡Ecocidio en marcha!" se criminaliza como atribución de delitos.
La criminalización de la protesta y la denuncia se convierte en el objetivo real. Se imponen penas desproporcionadas de 1 a 4 años de prisión por el mero acto de exhibir un mensaje, sin exigir que exista una amenaza real, inminente o específica. Dejó de ser una persecución a las narcomantas, a la inseguridad. Esto vulnera el principio de proporcionalidad y convierte la norma en un instrumento de censura preventiva, generando el "efecto de autocensura" que tanto ha condenado la Suprema Corte.
El verdadero crimen aquí no está en las pancartas, sino en los escritorios panistas del congreso local. Han redactado una norma que viola abiertamente los estándares más básicos de legalidad. El concepto de "mensajes intimidatorios" es un cajón de sastre donde cabe cualquier expresión incómoda para el poder. ¿Quién define lo que intimida? La autoridad de turno. ¿Con qué criterio? El que más le convenga. Esta vaguedad no es un descuido; es la esencia misma de la norma, diseñada para ser flexible al servicio de la represión.
Los legisladores panistas de Aguascalientes han cometido un grave error histórico. En su afán por mostrar mano dura, han creado un monstruo jurídico que puede ser vuelto en contra de cualquier ciudadano que alce la voz. Han sacrificado la libertad de expresión, pilar de toda democracia, en el altar de una falsa sensación de seguridad. Esta reforma no debilita a la delincuencia organizada; debilita a la sociedad civil y fortalece el autoritarismo. Es una ley que huele a miedo, a represión y a un profundo desprecio por la disidencia. Su veto o, en su defecto, su derogación, no es solo una opción, es una obligación para defender lo que queda de la democracia en Aguascalientes.