Lunes 2 de Junio de 2025 | Aguascalientes.
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SCJN avala reconocimiento de hijos en familias homoparentales en Aguascalientes

Ikuaclanetzi Cardona | Plano Informativo | 21/05/2025 | 17:14

Aguascalientes, AGS; En una sentencia histórica, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó una disposición del Código Civil de Aguascalientes que negaba a las parejas del mismo sexo el derecho a reconocer legalmente a sus hijas e hijos nacidos fuera del matrimonio.
 
El artículo 57, ahora echado abajo, condicionaba el reconocimiento voluntario a la existencia de un “padre” y una “madre”, dejando fuera de toda posibilidad legal a las familias homoparentales. Para la Corte, esta redacción no solo resultaba discriminatoria, sino que también violaba derechos fundamentales de niñas, niños y adolescentes al limitar su derecho a la identidad, la filiación y el conocimiento de su origen.
 
Aunque la impugnación inicial se centraba en términos específicos como “el padre”, “la progenitora” o “el marido”, el Pleno de la SCJN determinó que toda la norma estaba viciada de origen, pues no contemplaba otras realidades familiares más allá del esquema heterosexual.
 
La decisión reitera un principio que el alto tribunal ha venido sosteniendo en años recientes: que la filiación legal no se construye únicamente desde la biología, sino también desde la voluntad procreacional y el interés superior de la niñez. Bajo esta visión, un hombre puede reconocer como su hijo a un niño concebido con su pareja del mismo sexo, del mismo modo que una mujer puede hacerlo con la hija de su cónyuge.
 
La Corte deja en claro que el Estado no puede cerrar la puerta a modelos de familia distintos al tradicional. Con esta sentencia, se obliga al Congreso local a reformar el marco jurídico para garantizar los mismos derechos a todas las familias, sin importar su composición.