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Busca INM informe de aerolíneas sobre pasajeros extranjeros

Agencia Reforma | 30/01/2025 | 12:53

En el marco de las deportaciones impulsadas por el Gobierno de Donald Trump, el Instituto Nacional de Migración (INM) busca tener más control de las personas extranjeras que llegan al País, principalmente vía aérea, por lo que plantea que la aerolínea le envíe una relación de los pasajeros dos horas previas al despegue de la aeronave con destino a México y otra 45 minutos previos al despegue.
 
 "(Se busca) incorporar como dato obligatorio en la información que remiten las empresas de transporte aéreo y marítimo, el relativo al país de residencia, a fin de facilitar los indicadores de turismo y balanza de pagos.
 
 "Asimismo, reforzar la confirmación de los pasajeros previos al despegue y a bordo, así como ajustar los tiempos de remisión de las listas para garantizar una migración ordenada, segura y regular, contar con información oportuna e identificar algún riesgo en la seguridad al entrar o salir del País", anotó el INM en el anteproyecto publicado hoy para su revisión en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).
 
 En el anteproyecto, el organismo encabezado aún por Francisco Garduño propone reformar los incisos m) y n) de la fracción I del artículo 6; los incisos a), párrafo primero y b) del artículo 7 y los incisos h) e i) de la fracción I del artículo 9 y se adiciona el inciso ñ) a la fracción I del artículo 6 y el inciso j) a la fracción I del artículo 9, todos del Acuerdo por el que se emiten los "Lineamientos generales para la transmisión de listas electrónicas de pasajeros, tripulantes y medios de transporte al Instituto Nacional de Migración", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de noviembre de 2012.
 
 Respecto al artículo 6, el INM añade el inciso ñ) para que se agregue en el informe el país de residencia del extranjero que viaja a México.
 
 En el artículo 7, además del aviso en dos tiempos sobre la relación de pasajeros antes de volar a México, también incluye el caso para las salidas del territorio nacional.
 
 "La información deberá ser transmitida dos horas previas al despegue de la aeronave, asimismo enviarán dos relaciones de confirmación de pasajeros a bordo, una a los cuarenta y cinco minutos previos al despegue de la aeronave y otra una vez que la aeronave haya cerrado sus puertas, antes de que despegue", precisó.
 
 Respecto al artículo 9, sobre las embarcaciones, se añade otro inciso para conocer el país de residencia del extranjero, ya sea pasajero o tripulante.